La historia de John Peter Williams

 La historia de John Peter Williams

 

LA HISTORIA DE JOHN PETER WILLIAMS

(Parte Final)

por Luís Fuentes Montenegro

 

Por lo general se ha propagado una imagen “heroica” sobre este muchacho de los entornos marginados de la ciudad de Panamá a principio del siglo XX.  ¿Qué de cierto existe en esa concepción?  ¿Cuánto es rotundamente falso e inventado en dicha historia?

EL SIGNO DE LOS PREJUICIOS:

¿Pudieron los medios periodísticos de la época reflejar con veracidad quién era John Peter Williams?  El periódico humorístico El Ají, pone sobre el tapete la condición social deplorable por la que atravesó, sobre todo a partir de los fallecimientos de sus padres, quedando huérfano en los inicios de su adolescencia, igual la incursión desde una temprana edad en la comisión de robos, asaltos y lo delinea como un delincuente hábil y temible.  El diario El Tiempo en su edición del 15 de febrero de 1922, lo califica “bandido”, detenido varias veces e igual evadido en diferentes ocasiones.  La Estrella de Panamá lo denomina “el célebre ladrón de Calidonia”.

Ante los reportes de los medios informativos de entonces y los registros policivos de la antigua Zona del Canal de Panamá, el caudal de probanzas que confirma una condición delincuencial es irrefutable, pero coincidencialmente también es irrefutable que John Peter Williams, nace, crece, se desenvuelve en un periodo de prejuicios que se recrudecen y ante los cuales, muy quizás no estuvo exento.

Según lo expuesto por Alfredo Figueroa Navarro en su obra Dominio y sociedad en el Panamá (1821-1903), a lo largo del siglo XIX perdura una estructura de resabio colonial que sigue haciendo hincapié en sus manías discriminativas y raciales; a la página 91 nos dice: “si la sociedad de castas cesa de funcionar, teóricamente, proclamada la independencia, si ella es incluso vituperada por los criollos liberales, su vigencia cala a lo largo del decimonono.”  Y cala, persistiendo tales características de mentalidades en donde la condición del color determinaba jerarquía y exclusiones.

Dado el arribo de los negros antillanos al territorio panameño, tales signos de prejuicios raciales ya deambulaban.  La gesta separatista de 1903 no representó un final para tales posturas.  Hasta se legaliza el criterio de “razas prohibidas”, pero a la verdad no sólo serán los negros, pese a la magnitud de las condiciones deplorables que afrontaban, las victimas de dichos prejuicios, también lo van a experimentar chinos, sirios, turcos, tal como lo explica Virginia Arango en su libro La inmigración prohibida y sus prejuicios raciales (1999).

No obstante, entre el reinicio de los trabajos de construcción del canal interoceánico y la incipiente Zona del Canal de Panamá, también se desarrollará una estructura de prejuicios por razones de raza, del color de piel y de prácticas discriminatorias que afectan sobre todo a los negros provenientes del Caribe y a su descendencia.  No sólo constituye el contingente mayoritario de trabajadores en la construcción del canal que lleva a cabo los Estados Unidos de América, además estará forzado a padecer un sistema de segregación racial, caracterizado por pautas y prácticas gestadas en esa dualidad de Gold Roll y Silver Roll que tiene implicaciones deplorables en el ámbito laboral, de servicios, salarios, ocupaciones, vivienda, educación.

Gerardo Maloney en su ensayo El canal de Panamá y los trabajadores antillanos (1999) nos ilustra sobre ese drama experimentado por el hombre negro proveniente de las islas caribeñas.

Las manías discriminativas en su contra no sólo se desenvuelven en los contornos de los trabajos canaleros, ni únicamente en los perímetros de la Zona del Canal de Panamá; permeó a lo ancho de la sociedad panameña y en más de una ocasión llevada a cabo, incluso por negros y afrodescendientes que se percibían distintos, ya sea porque hablaban castellano, ejercían un credo católico, o porque habían sido partes de periodos históricos coloniales diferentes, éstos, circunscritos a la colonia española y aquellos a las colonias establecidas en las islas caribeñas por Inglaterra, Holanda, Francia, pasándose por alto el mismo origen matriz de ambos conglomerados y proyectándose una dualidad que a la postre fragilizaba la consolidación de una consciencia sobre la negridad y su impronta social-histórica, a tal punto que entre uno y otro segmento, se desarrollaban prácticas y conductas de apartamientos y rechazos recíprocos.

En medio de un panorama así, John Peter Williams se desenvuelve y los periódicos nacionales panameños, los reportes sobre las actividades delincuenciales que llevaba a cabo, quizás, de alguna manera, también pudieron reflejar esos prejuicios como parte de una mentalidad deambulante.

Ante dicha hipótesis, qué es la verdad y qué no es la verdad sobre las populares aventuras de ese muchacho forajido.  ¿Hasta dónde aquellas manías discriminatorias pudieron incidir?  No, sobre ninguna inocencia, sino sobre una posible sobredimensión de los actos delictivos que se le atribuyeron.

En el evento de una posibilidad de esa sobredimensión, la misma no descarta ni niega la condición de forajido, como tampoco descarta ni puede negar que los negros antillanos, más allá de un John Peter Williams, padecieron el drama de la discriminación desde los propios inicios de la república de Panamá, y aún así, se fueron integrando a la sociedad, evidenciando aportes que van más allá de las hazañas deportivas o de un exquisito menú gastronómico, aportes que hoy por hoy son consubstanciales al desarrollo del ser panameño.

LOS ÚLTIMOS MINUTOS:

Varias fugas tanto de la prisión panameña como de la Zona del Canal de Panamá se aluden, por tanto, se expone una reincidencia no sólo de dichos escapes, sino además de la condición de prófugo, aspectos que contribuyeron a su relativa popularidad.  Con anterioridad a la última de tales acciones, John Peter Williams es condenado a cincuenta (50) años de cárcel por el juez estadounidense John W. Hannan en la Corte de Ancón, Zona del Canal de Panamá, pero vuelve a fugarse, se dice que mientras realizaba trabajos junto a otros reclusos y que consistían en la reparación de la carretera que conduce del Parque Summit a Gamboa City, área bajo la jurisdicción de los Estados Unidos de América.

El día 13 de febrero de 1922 los policías de la Zona del Canal de Panamá adentraron a los linderos de Calidonia, a ese otro poblado del arrabal de la ciudad, en particular en los alrededores de la loma de San Miguel.  Se refiere una docena de agentes armados, al parecer requisaron casa por casa, barraca tras barraca, hasta que entre la tensión y la búsqueda que se desenvolvía, de pronto se divisó la imagen de John Peter Williams quien trataba de pasar desapercibido, yendo sobre los techos de zinc de aquellas casas en su mayoría de maderas y demás cuchitriles.

Al paso empezaron los disparos con la obvia idea de asestarle, hasta que por fin le dieron y lo vieron que se desplomaba sobre el techo, rodó de modo incontrolable y cayó hasta el suelo.  En ese lapso, las precisiones carecen y dan margen a la especulación: uno, si al derrumbarse ya estaba muerto, si en efecto fue ultimado con nuevos disparos tras caer.

Además de los policías de la Zona del Canal de Panamá, los curiosos aparecieron, ojeaban y confirmaban que el cuerpo de aquel muchacho de fama delincuencial yacía sobre la tierra.  Así vieron que fue arrastrado por los pies y el cadáver ensangrentado de John Peter Williams se colocaba adentro de un vehículo que conducía uno de los policías, llevándose a la Zona del Canal de Panamá con rumbo hacia el hospital de Ancón.

La información de La Estrella de Panamá del 14 de febrero de 1922, un día después del incidente, nos dice: “John Peter Williams murió en un enfrentamiento a tiros en el Barrio de Calidonia.”  La calificación de “enfrentamiento a tiros” presupone otro rasgo a los últimos minutos de vida de aquel muchacho; por un lado, de que estaba armado y por otro parte, sugiere que se desenvolvió una confrontación de disparos entre los policías de la Zona del Canal de Panamá y su persona.  Lo denomina “un simple ratero” y recalca de que existía orden de captura.

En el mismo periódico de dicha fecha, Lola Collante de Tapia, publica algunas consideraciones en un enfoque que aparenta profético: “La final y trágica aventura del famoso ladrón que se llamó John Peter Williams, ha puesto fin al último capítulo de su historia.  Cuando pasen los años su nombre no será más que el vago recuerdo de lo que oímos hablar de sus increíbles aventuras…”  Y así fue, los recuerdos mutilados, inexactos, contribuyeron al derroche imaginativo sobre los hechos que acontecieron, tergiversándose pasajes, aplicándose hipérboles con pretensiones literarias y reputándose circunstancias ficticias como supuestas verdades.

LOS PUNTAPIÉS AL PAÍS SOBERANO:

Pese a la condición delincuencial de John Peter Williams, salta a la vista una variedad de situaciones que no pueden pasarse por alto; la cuestión jurisdiccional, es decir, la aplicación de la ley y del criterio de autoridad estadounidense más allá de los perímetros de la Zona del Canal, tal como se constata ante el hecho de que los policías zonians adentran al poblado de Calidonia tras la búsqueda e incluso dan muerte en una parte territorial que no corresponde a la franja canalera bajo el dominio de los Estados Unidos de América.

Más allá del juzgamiento por tribunales diferentes a los panameños, las penas altas en donde el Código Penal nacional no tenía presencia, también, destaca la omisión de las autoridades de la república de Panamá ante las circunstancias de adentrarse la policía zoneíta a los linderos de la ciudad, pues Calidonia, aun cuando estuviera circunscrita a las afueras citadinas, en ese otro arrabal más allá del Parque de Santa Ana.

Que John Peter Williams representaba un “delincuente temible”, reincidente en las fugas, pareció ser suficiente para permitir otro puntapié a la soberanía territorial panameña.  A la realidad no sería el primer caso ni el último en donde ciudadanos panameños son juzgados y condenados aplicándosele la normativa estadounidense por las autoridades de la Zona del Canal de Panamá.

La transgresión al estatus soberano no exonera la responsabilidad por los actos delincuenciales cometidos por John Peter Williams dentro y fuera de la Zona del Canal de Panamá y de aquellos llevados a cabo en los contornos de la ciudad de Panamá, pero en este contexto, se revela una condescendencia de las autoridades nacionales panameñas.

En esta circunstancia la injerencia estadounidense fue por razones de orden penal-policivo, años más tarde, en 1925, so pretexto de garantizar el orden público, aconteció para arremeter contra las manifestaciones sociales del Movimiento Inquilinario y en años anteriores, consta más de una ocasión, cuando interviene la policía de la Zona del Canal de Panamá y del ejército de los Estados Unidos, debido a los diferendos políticos electorales y de casos de supuesto control del orden público.  En efecto se trata de eventos poseedores de naturalezas distintas, pero tanto unas y otras naturalezas, corroboran la tendencia de la transgresión al estatus soberano del istmo panameño en múltiples facetas.

LA CONFIGURACIÓN DE UN IMAGINARIO HEROICO:

Agustín Jurado siempre fue un periodista creativo.  Entre la noticia y las crónicas ficticias (Cfr.: La Hora, Más, El Siglo) para plantear situaciones inherentes a la realidad, se desenvolvió durante muchos años.  En las tantas conversaciones que pude sostener con su persona, más de una ocasión hablamos sobre John Peter Williams.  Algo había escuchado sobre las aventuras de aquel muchacho forajido e indagó en algunos periódicos de la época, recabando pistas que corroboraban la condición delincuencial.

Sin embargo, Jurado se apasionaba por las lecturas de revistas sobre personajes como El Llanero Solitario, Robin Hood y Drácula.  A partir de tales referentes, emprende una simbiosis que hoy por hoy sigue conservando atractivo.  Ante la necesidad periodística para el medio en donde laboraba, procede a la tarea de fabulaciones, trastocamiento de verdades, tergiversaciones de hechos, hipérboles como licencias narrativas, y hace de la ficción un instrumento para cumplir responsabilidades laborales.

De la figura del legendario Llanero Solitario, el rasgo de la bala de plata se convierte en un elemento valioso, aplicado mediante la analogía de la concepción sobre cómo podía dársele muerte a Drácula -otro personaje de la literatura-.  En esos parámetros tiene espacio, la invención de un nuevo Robin Hood, empleando el mismo molde de luchas en favor por los pobres y de todo un héroe de tales castas, ya no de los dominios ingleses -Sherwood, que se extendía al norte de Nottingham-, sino en los contornos citadinos panameños.

Varias veces aquel periodista me lo dijo:

-Era pura mezcla e imaginación.

Agustín Jurado contribuyó sustancialmente a la configuración fantasiosa de un Robin Hood panameño en la figura de John Peter Williams.  Sus escritos aparecieron durante varios años en diferentes medios escritos y ayudaron a consolidar una creencia en donde la ficción es tomada como realidad, y los datos falseados, tergiversados, inventados, se asumen como veraces y se replantean en versiones que procuran ser literarias.

El John Peter Williams de las primeras décadas de la república de Panamá dista en enormidad del John Peter Williams transformado en “el Robin Hood panameño”, pero a final de cuentas, termina siendo un asunto de creencias, de credulidades y de incredulidad.  Cada uno que crea a su gusto y en base a sus informaciones o desinformaciones.  Lo cierto es que aquel muchacho que delinquía estuvo preso, fue prófugo y terminó abaleado, mientras intentaba escapar yendo por los techos de las casas de Calidonia, aun así, para otros, se trata de un forajido bondadoso al que revisten de un heroísmo y hasta de adulaciones.

En las versiones de Agustín Jurado -las cuales debieran recopilarse integralmente en un texto- sobre “su personaje” John Peter Williams, hay episodios encomiables: el de las prostitutas constituidas en especies de espías para dar con su paradero, el del disparo a la sombra para que pudieran matarlo con una bala de plata, el de los robos y asaltos solamente a las personas adineradas para repartir entre los pobres lo robado; sobre sus imaginaciones, otros inventos se han planteado, por ejemplo, el de la muerte corriendo para salir de los linderos de la Zona del Canal de Panamá, y aquel de esa escena final cuando voltea hacia atrás y dice una expresión grotesca contra los gringos que lo perseguían, forzándose en ubicar dicha muerte donde luego se construyera la avenida de Los Mártires que antes se denominaba Cuatro de Julio.

La disyuntiva entre aquel muchacho delincuente y el personaje fabulado prosiguen, continúan los biográficos, los relatos, los cuentos -y reitero: por lo general con pretensiones literarias- que no diferencian entre la persona que ciertamente existió y el protagonista de narraciones que hacen defensa de las ficciones como una realidad irrefutable.

aldiapanama