TRES LÍNEAS

 TRES LÍNEAS

Al pleno de la Corte Suprema de Justicia le corresponde nombrar a uno de los tres magistrados del Tribunal Electoral. Foto Órgano Judicial

EL PAPEL DE LA CORTE

La principal función de una corte suprema es la de ser un tribunal de última instancia a la que se recurre para alcanzar la justicia plena. Como máximo tribunal debe ser imparcial y corregir aquellos defectos de la aplicación de la ley por tribunales menores, salvaguardar a los ciudadanos de los abusos de las autoridades y los más poderosos, velar por el respeto y el fiel cumplimiento de las garantías constitucionales, y darle al pueblo la confianza en el sistema de administración de justicia.

Una corte cuyos integrantes gocen de solvencia moral, actuación honesta en sus fallos e independencia en la toma de decisiones con respecto al poder político y económico es garantía para el ejercicio del poder judicial y un fuerte pilar de las estructuras del régimen democrático.

Con la elección del magistrado del Tribunal Electoral que le toca nombrar a nuestra Corte Suprema, se ponen a prueba todos esos principios que deben prevalecer en el máximo tribunal de la nación. Más allá de los méritos jurídicos y el apego a la ley, los magistrados de la Corte deben valorar otros atributos de los funcionarios que les corresponde nombrar en otras instancias ajenas a su ámbito judicial. Y es allí en donde radica la disconformidad con lo actuado por ella en este caso.

  1. ¿Debe la Corte Suprema inmiscuirse en nombramientos de funcionarios ajenos al Órgano Judicial?
  2. ¿Siendo la autoridad nominadora queda comprometido moralmente el funcionario que ella nombre fuera de lo judicial a la subordinación a la Corte?
  3. ¿Hasta dónde debe seguir siendo la Corte Suprema juez y parte en los casos de esos nombramientos y en la investigación y juzgamiento de otros como los diputados sin comprometer su independencia judicial?

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