Expresidente Martinelli mantiene fuero electoral, magistrados TE toman la decisión
Por Avenabet Mercado / Al Día Panamá
Mediante un fallo mayoritario el pleno del Tribunal Electoral (TE) reconoció que el expresidente de la República de Panamá, Ricardo Martinelli Berrocal, goza de fuero electoral penal y del Principio de Especialidad.
El fallo mayoritario del TE fue apoyado por los magistrados Alfredo Juncá y Heriberto Araúz, mediante la cual se revocó una resolución del 23 de febrero de 2022 dictada por el Juzgado Segundo Electoral, que levantó el fuero a Ricardo Martinelli en los casos Odebrecht y New Business.
En el fallo, los magistrados advierten que en estado de Derecho, las autoridades están obligadas a cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes.
.@camachocastro reacciona luego de conocerse la decisión de los magistrados del Tribunal Electoral de mantener el fuero electoral al expresidente @rmartinelli.
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Entre sus apartados, en el mismo fallo se establece que “el fuero electoral penal se entiende como un instrumento para salvaguardar la participación política de los actores de un proceso electoral, y proteger el libre ejercicio de los derechos politicos, evitando que se utilicen mecanismos judiciales para reprimirlos”
De igual manera los magistrados señalan que al levantar el fuero a petición del Juzgado Tercero Liquidador de Causa Penales, el Juzgado electoral violó el debido proceso, la Convención Interamericana de Derechos Humanos y el artículo 138 del Código Electoral.
Se advierte que la resolución del citado juzgado electoral carecía de motivación al no valorar las pruebas y argumentaciones presentadas por la defensa del señor Ricardo Martinelli.
En su fallo, el Tribunal Electoral reconoce que Martinelli goza del Principio de Especialidad consignado en el Tratado de Extradición con EEUU de 1904, que establecía que el expresidente no podía ser procesado por otra causa a la del caso pinchazo, en el cual ya fue absuelto en dos ocasiones.
El fuero electoral se reclama porque el partido Realizando Metas (RM), del cual Ricardo Martinelli Berrocal es su presidente, está inmerso en comicios internos para escoger la dirigencia de algunas de sus secretarías.
Para el Tribunal hay una clara falta de motivación con la omisión de valorar las argumentaciones lo que sin duda viola el debido proceso contemplado en al artículo 32 de la Carta Magna.
Además advierte la claridad de los establecido en el artículo VIII del Tratado de Extradición de EEUU, sobre el Principio de Especialidad (no ser juzgado por causa diferente por la cual fue extraditado). El aforado Martinelli goza de un derecho a su favor otorgado por una ley de la República, que impide ser investigado o juzgado por un delito distinto por el cual fue extraditado.
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Los magistrados señalan que ese es un derecho sustancial que no puede ser ignorado por la jurisdicción electoral cuando se solicite el levantamiento del fuero electoral penal.
Oteando fechas dentro del proceso democrático en la República de Panamá, se pondera que en el año 1998, el exitoso empresario Ricardo Martinelli funda el partido político Cambio Democrático(CD), formando parte de la alianza Unión por Panamá junto a los partidos Panameñista y Molirena. La alianza gana las elecciones generales en 1999 con Mireya Moscoso.7
Durante la administración de Moscoso, el exitoso empresario Martinelli fue ministro del Canal de Panamá y presidente de la Junta Directiva de la Autoridad del Canal de Panamá. Bajo ese encargo, impulsó la ampliación del Canal, y obtuvo un reconocimiento público por parte de la Organización Marítima Internacional por su excelente trabajo al frente de este ente de estado Panamá.
EL FALLO DEL TRIBUNAL ELECTORAL_